IES Vasco de la Zarza

El hombre que se levanta es más grande que el que nunca ha caído.

IES Vasco de la Zarza

Convalidaciones en ESO y Bachillerato

Convalidaciones en ESO y Bachillerato

Convalidaciones en ESO y Bachillerato

CONVALIDACIONES ENTRE MATERIAS DE E.S.O. Y ENSEÑANZAS DE MÚSICA Y DANZA

 

Materia y curso de ESO Enseñanzas profesionales Asignatura con la que se convalida
Música de 2º y Música de 3º Música 1er curso de la asignatura de instrumento principal o voz
Música de 4º Música 2º curso de la asignatura de instrumento principal o voz
Música de 2º y Música de 3º Danza 1er curso de Música
Música de 4º Danza 2º curso de Música
Materia optativa de 1º, 2º, 3º y 4º Música o Danza Cualquier asignatura superada y que no haya sido utilizada en otra convalidación, siempre que la carga horaria semanal no sea inferior a 2 horas lectivas. Si son de inferior carga horaria se requerirá otra asignatura al objeto de completar las dos horas.

CONVALIDACIONES ENTRE MATERIAS DE BACHILLERATO Y ENSEÑANZAS PROFESIONALES DE MÚSICA Y DANZA

1er. curso de Bachillerato:


El alumnado podrá convalidar las materias establecidas para 1º de Bachillerato en el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

Materia de Bachillerato Enseñanzas profesionales Asignatura con la que se convalida
Anatomía aplicada Música 1º y 2º cursos de una asignatura de contenido análogo
Anatomía aplicada Danza 1º y 2º cursos de Anatomía aplicada a la danza o de una asignatura de contenido análogo
Historia del arte Música o Danza 1º y 2º cursos de una asignatura de contenido análogo
Historia de la música y de la danza Música o Danza 1º y 2º cursos de Historia de la música o Historia de la Danza, según corresponda, o de una asignatura de contenido análogo.
Literatura universal Música o Danza 1º y 2º cursos de una asignatura de contenido análogo


Además de las anteriores, podrá convalidar:


Materia de Bachillerato Enseñanzas Profesionales Asignatura con la que se convalida
Una materia optativa de 4 horas de 1º de bachillerato. Música o Danza Un número de asignaturas de 4º, 5º o 6º curso no utilizadas en otras convalidaciones cuya carga horaria total no sea inferior a 4 horas lectivas semanales.
Una materia optativa de 2 horas de 1º de bachillerato. Música o Danza Un número de asignaturas de 4º, 5º o 6º curso no utilizadas en otras convalidaciones cuya carga horaria total no sea inferior a 2 horas lectivas semanales.

El procedimiento para la convalidación será el recogido en el Capítulo III (artículos 10 a 13), en el artículo 17 del Capítulo V y en el Anexo VI de la Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre. Así mismo, será de aplicación la Instrucción de 29 de junio de 2023 de la secretaría general de la conserjería de educación (actuaciones de los centros docente correspondientes al inicio del curso 2022-23).
  
2º curso de Bachillerato:
 
 
Será de aplicación lo recogido en el Capítulo III (artículos 8 a 13), en el artículo 17 del Capítulo V y en el Anexo V y VII de la Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre. Así mismo, será de aplicación la Instrucción de 29 de junio de 2023 de la Secretaría general de la Consejería de Educación (actuaciones de los centros docente correspondientes al inicio del curso 2022-23)


Materia de Bachillerato Enseñanzas profesionales Asignatura con la que se convalida
Historia del arte Música o Danza 1º y 2º cursos de una asignatura de contenido análogo
Historia de la música y de la danza Música o Danza 1º y 2º cursos de Historia de la música o Historia de la Danza, según corresponda, o de una asignatura de contenido análogo.
Específica de 2º de 3 horas Música o Danza Un número de asignaturas de 4º, 5º o 6º curso no utilizadas en otras convalidaciones cuya carga horaria total no sea inferior a tres horas lectivas semanales
Fundamentos de la Administración y Gestión Música o Danza Un número de asignaturas de 4º, 5º o 6º curso no utilizadas en otras convalidaciones cuya carga horaria total no sea inferior a cuatro horas lectivas semanales
Segunda Lengua Extranjera II Música o Danza Un número de asignaturas de 4º, 5º o 6º curso no utilizadas en otras convalidaciones cuya carga horaria total no sea inferior a cuatro horas lectivas semanales
Optativa de 2º curso de 4 horas Música o Danza Un número de asignaturas de 4º, 5º, o 6º curso no utilizadas en otras convalidaciones cuya carga horaria total no sea inferior a cuatro horas lectivas semanales.



INSTRUCCIONES

  1. Cada asignatura o materia solo podrá ser utilizada para una única convalidación de las establecidas en la presente orden.
  2. Las convalidaciones reconocidas en las condiciones establecidas en la presente orden mantendrán su validez en el caso de repetición de curso.


SOLICITUD

El alumno, o sus padres o tutores legales si fuera menor de edad, deberá presentar al inicio de curso, antes del 30 de septiembre, la solicitud de convalidación.

Junto a la solicitud se deberá presentar el certificado académico que acredite estar matriculado o haber superado las materias o asignaturas que desea utilizar para aplicar la convalidación.

En el caso de que la convalidación de las materias anteriormente citadas esté supeditada a la superación de las asignaturas de las Enseñanzas Profesionales de Música y de Danza en el mismo curso 2023/2024, y en caso de no superar estas últimas en la evaluación final ordinaria, el alumno deberá solicitar el adelanto de la evaluación final extraordinaria de las Enseñanzas Profesionales al mes de junio, según el modelo de solicitud recogido como enlightenedAnexo IX de la Instrucción de 29 de junio de la Secretaria General de la Consejería de Educación.

Dichas certificaciones se sustituirán por una autorización para que el centro docente en el que se curse la materia o asignatura que quiere ser convalidada recabe la citada información del centro en el que se curse o haya cursado la materia o asignatura que desea utilizar para aplicar la convalidación, en el caso de que ambos centros sean de titularidad pública.

PROCEDIMIENTO:
  1. Las convalidaciones a las que se refiere la presente orden, excepto en el caso de materias de bachillerato y asignaturas de contenido análogo de las enseñanzas profesionales de Música y Danza, serán reconocidas por los directores de los centros docentes donde el alumno curse la materia o asignatura que quiera ser convalidada. Las direcciones provinciales de educación remitirán las solicitudes y la correspondiente documentación a los centros docentes donde el alumno curse la materia.
  2. El director del centro comunicará el reconocimiento, o no, de la convalidación al interesado en un plazo de quince días desde la fecha de la solicitud.
  3. Para el reconocimiento de las convalidaciones entre materias de bachillerato y las asignaturas de contenido análogo de las enseñanzas profesionales de Música y Danza, se requerirá que exista entre ellas una coincidencia en objetivos y contenidos no inferior al 75% en el cómputo total del curso o cursos considerados. En este caso, el titular de la dirección provincial de educación, previa solicitud del interesado, trasladará a la dirección general competente en materia de ordenación académica la petición de convalidación para su resolución junto con el currículo de la asignatura de régimen especial autorizada y carga horaria semanal de la misma. Una vez dictada la resolución, se comunicará al interesado.
Las materias o asignaturas objeto de convalidación no serán tenidas en cuenta en el cálculo de la nota media de las correspondientes enseñanzas.

NORMATIVA
La normativa que regula la convalidación: 

Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero

Orden EDU/1076/2016 de 19 de diciembre

Instrucción de 28 de junio de 2022 de la Secretaría General de la Consejería de Educación

Instrucción de 29 de junio de 2023 de la Secretaría General de la Consejería del Educación